miércoles, 19 de noviembre de 2014

Implementación del nuevo sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo

Es evidente que con la expedición del Decreto 1443 de 2014, el Gobierno dio un avance hacia un sistema de gestión que integrara las normas existentes respecto a salud ocupacional. Al respecto se impone la obligación a todos los empleadores y me refiero a todos sin excepción alguna de sustituir el Programa de Salud Ocupacional al nuevo Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo –SST-, situación que ha generado que los empresarios destinen tiempo y recursos para su implementación y cumplimiento.

El tiempo de transición al cumplimiento de lo determinado en esta norma, va de 18 a 30 meses, dependiendo de la cantidad de trabajadores de la empresa, lapso en el cual los empleadores, deberán por ejemplo construir su matriz legal de acuerdo a los riesgos y actividades principales e su empresa, establecer una clara política de seguridad y salud para sus trabajadores, plasmar estas políticas en un documento accesible a los trabajadores, elaborar planes de trabajo, de verificación y cumplimiento y claro está, destinar recursos económicos para el cumplimiento de su plan de acción y de implementación del sistema de gestión.
 
 

En hora buena el Decreto realizó un pequeño compendio de obligaciones y determinó con claridad quienes son los agentes del Sistema, tuvieron que pasar varios años  para encontrar en un solo documento las reglas generales en materia de salud y seguridad de los trabajadores, que no busca otra cosa que garantizar los mínimos de protección en salud física y mental de la clase trabajadora. Por otra parte, el Decreto busca acabar con la informalidad  existente en la mayoría de “empresas” de los sectores económicos el país, situación que genera desde la falta de motivación de las personas para emplearse, pasa por la flagrante desigualdad y llega hasta las consecuencias nefastas que sufren muchas personas, esto es cero protección en materia de seguridad social.

Nótese que el mensaje al final es que, no es un  lujo contar con la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, es una obligación y un mínimo de derecho de los trabajadores, por otra parte se puede interpretar como un sistema que blinda los intereses de las Compañías, que entre tanto se exponen cada vez menos a sanciones de carácter administrativo y pagos de condenas judiciales a los que se ven incursos cuando por desconocimiento, bajar costos o implementar indebidas políticas de contratación  comprometen la salud e integridad de sus trabajadores.

Espero que esta norma logre su razón de ser, la dignificación del trabajo.
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Imagen tomada de la página web: www.napavalley.edu

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