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martes, 21 de julio de 2015

Manifiesto contra el "bullying" judicial

A la ciudadanía en general, a los colegas abogados, pero especialmente a los operadores jurídicos llamados "jueces" y "fiscales", el siguiente mensaje:

El juez ha sido históricamente considerado como un honor reservado a las más altos espíritus, las más ponderadas mentes y los más capaces individuos de cada sociedad.  Precisamente por ello es que legalmente se entiende que el juez es "perito en derecho".

La figura del juez, sin embargo, no es una institución descontextualizada, desconectada de una racionalidad que la respalda, o inventada de la nada.  Es la institución creada por el sistema jurídico, bajo el entendido de que a través del derecho es la manera racional de resolver la conflictividad social.

martes, 30 de diciembre de 2014

Cómo puede una sociedad subsistir sin jurisdicción - Planteamiento del problema

Cerramos 2014, un año lleno de muchas novedades a nivel político, económico, como también a nivel ecológico y social.  A nivel nacional, también Colombia ha experimentado una serie de cambios importantes a múltiple nivel.  No conviene aquí hacer un catálogo de ellos, puesto que este espacio está destinado esencialmente a aspectos propios del derecho y de la justicia.  Precisamente frente a este último punto, después de dos meses y algo más en cese de actividades por parte de la Rama Judicial, actualmente nos encontramos "sin paro", pero con esos mismos funcionarios disfrutando de la vacancia judicial (en términos mucho más claros: están de vacaciones).

Si se revisa, al cierre de este año (31 de diciembre), los colombianos habrán debido soportar 84 días sin justicia.  Esto quiere decir que el país ha "funcionado" sin administración de justicia un 23,01% del año. De este tiempo, 72 días han sido con ocasión del paro judicial.  Los restantes días obedecen al periodo de vacaciones de los funcionarios de la Rama Judicial.  En conclusión, el país ha sobrevivido una cuarta parte del año (casi) sin jueces.  Y la vida sigue.

martes, 16 de diciembre de 2014

¿Y LA DIGNIDAD DE LA PROFESIÓN DEL ABOGADO?


Imagen tomada de: www.hilodeariadna.org



Ser abogado en Colombia es para muchos sinónimo de avivato, que solo piensa en cómo sacar provecho de las situaciones. Deplorable es el personaje que cree que estudiar Derecho le va a dar la posibilidad de ser un estafador con titulo, deplorable es que se alabe al vivo que vive del bobo, deplorable es que se felicite al tramitador que se cree abogado, deplorable es que a la entrada de los despachos judiciales hayan “abogados” ofreciendo sus servicios por el diario de su comida, para todos ellos mis más sinceras condolencias. Y digo condolencias, porque están llamados al fracaso y al olvido, un buen abogado, es el que defiende su profesión a pesar de ver que va contra la corriente, que hace de sus conocimientos un servicio de calidad a sus clientes, es el que estudia y busca solucionar las situaciones a partir no única y exclusivamente de la Ley, sino de la lógica y la honestidad, es quien tiene en cuenta que existen valores y principios, que no se compran sino que se fortalecen con el tiempo.

Al ver tantos “colegas” que le buscan la “caída a la ley” creyendo que son grandes filósofos y doctrinantes del Derecho, se puede entender que estas personas tenían como objetivo ser reconocidos “Doctores” de la Ley, sin ser lo básico: personas respetables.

No he podido entender, como  es que se puede ser buen padre, sin ser buen hijo, como es que quieren ser Honorables Juristas, sin ser valerosos hombres, ni respetables estudiantes, pero que podemos esperar, si en nuestro país, el funcionamiento de la administración de justicia no depende de la necesidad de los ciudadanos, sino de las peticiones de un sindicato. Es frustrante y doloroso ver que cada día se derrumba aún más mi ilusión de Dignificar mi profesión, encontrando tantos ejemplos que me recuerdan, que no todos los que estudiamos Derecho, tenemos si quiera parámetros cercanos a lo que debiera ser el candidato a abogado. Lo único que me levanta es saber que aún existimos algunos que tratamos de exaltar la profesión, demostrando la dignidad de la misma y la esencia de quien tiene como objetivo ser un buen abogado. 

Autor: Jeimi Mahecha Ardila. Abogada. 


viernes, 27 de junio de 2014

La reforma a la justicia y la organización de los abogados en Colombia

No fue objeto de mayor despliegue en las campañas presidenciales los temas de justicia.  El pueblo colombiano se concentró principalmente en la disyuntiva que generaba la incierta permanencia del proceso de paz en La Habana.  Hoy, con las elecciones ya decididas por la ciudadanía, tenemos que empezar a revisar lo que ocurrirá de aquí en adelante.

lunes, 7 de abril de 2014

LIMITACIONES AL ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICA: EL ARANCEL JUDICIAL.


(Imagen tomada de: www.fenalco.com.co)


Mediante Sentencia C – 169 de 19 de marzo de 2014 de la Magistrada Ponente Dra. María Victoria Calle Correa, la Corte Constitucional declaro inexequible la Ley 1653 de 2013, que en su momento fue expedida con el fin de imponer que el accionante que pretendiera  en su litigio peticiones dinerarias, debía consignar antes de la presentación de la demanda el 1.5% del valor pretendido, hasta un máximo de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. 

Cabe aclarar que esta ley establecía como excepción los procesos penales, laborales, de familia, de menores, liquidatorios o de insolvencia, de control de constitucionalidad o derivados del ejercicio de la acción de tutela, demás acciones constitucionales y procedimientos arbitrales. No obstante a las excepciones que parecen ser muchas, todo litigio civil de responsabilidad civil ya sea contractual o extracontractual y los procesos ejecutivos que son la gran mayoría de litigios de la jurisdicción civil se encontraban bajo el imperio de esta ley.

Los abogados litigantes celebramos esta decisión de la Corte Constitucional, pero más celebran nuestros clientes, que no solo tenían y aun tienen que soportar lo que en mi opinión es la ineficiente administración de justicia en Colombia, sino que tendrían que tener el dinero para pagar un arancel que en muchos de los casos podía superar la capacidad de pago del demandante.
Fue claro para la Corte Constitucional que el pago del arancel constituye una limitación directa al acceso a la administración de justicia, así se dejó ver en el Comunicado de Prensa No. 09 de 19 de marzo de 2014, en la que se determinó:

“El monto a pagar, a título de arancel, se ata en la Ley 1653 de 2013 a la cuantía de las pretensiones dinerarias o, según el caso, al monto de la condena, y estos datos no se relacionan económicamente ni con la renta, ni con la riqueza, ni con la propiedad, ni con el consumo (o la propensión al consumo) del contribuyente, que son las realidades a partir de las cuales se puede definir la capacidad de pago de un sujeto.”
Es afortunado que se haya retirado del ordenamiento jurídico esta Ley, pero aún sería más oportuno que nuestros legisladores, no solo idearan las reformas a las contribuciones parafiscales que finalmente buscan ampliar la brecha para recaudar más, sino que  se dispusiera con el imperio de Ley, que la administración de justicia debe ser ágil, oportuna y eficiente, lo cual se quedó en principios y letra, mas no en la realidad.
Es tan cierta mi afirmación que no es difícil encontrar procesos eternos, ni accionantes que se mueren con la ilusión de que se haga justicia, sueño con el día en que me pueda sentir orgullosa de la administración de justicia de mi país.

Pocas veces he encontrado Jueces diligentes, que se merecen mi respeto y admiración, pero que los hay los hay.