viernes, 23 de agosto de 2013

Las implicaciones de desacatar el fallo de La Haya

En derecho, es reconocida la distinción entre los criterios de justicia, validez y eficacia de las normas jurídicas.  Para que pueda entenderse que una norma jurídica es realmente "derecho", los teóricos plantean la necesidad de reunir una norma que reúna las tres características recién mencionadas.  Muchos otros han estructurado teorías que prescinden de esa coincidencia, en algunos casos restringiendo lo jurídico únicamente a aquello que es válidamente emitido por la autoridad competente para proferir la norma.  A partir de este tipo de posturas, se han estructurado defensas a normas como las antisemitas que eran propias de la Alemania Nazi.  Sin ir demasiado lejos, encontramos normas así en Colombia, como aquellas que legitimaban a finales del siglo XIX la aplicación de la pena de muerte en Colombia recién se instaurara el régimen de la Regeneración.

Una discusión similar se está suscitando en el ámbito nacional, pero ya no respecto de las normas escritas (written law) sino en relación con las sentencias judiciales.  Colombia, en una actitud realmente pasiva digna de aquel que cree tener la razón y actúa con prepotencia, observó en cámara lenta cómo Nicaragua le arrebató por vías judiciales, lo que se pensaba que era imposible de perder.  Como un intento por darle vida a lo que fue un desastroso manejo procesal, surgen voces que claman por el desconocimiento del fallo judicial.  El argumento que estaría detrás de estas propuestas, es el de desconocer el fallo porque a pesar de ser válido, no es justo.


Ante esta situación, es conveniente preguntarse qué está en juego al adoptar una posición o la otra.  Si Colombia, como Estado independiente sometido a las reglas de juego internacionales que es, llegara a sostener esta tesis, estaría aceptando que es concebible que haya fallos que no deban ser cumplidos.  Es decir, el fundamento mismo de la administración de justicia se vería resquebrajado a nivel interno.  Si el Consejo de Estado llegase a condenar al Estado a una millonaria indemnización, quizá ese fallo tampoco deba ser cumplido por ser injusto.

El problema es que desde antes de Platón, parece no existir consenso en torno de lo que es y no es justicia.  Los medios tienen una extraña noción de que justicia es equiparable a cárcel; los filósofos creen que se trata de una virtud que trasciende la esfera de lo jurídico; y los teólogos le adscriben esa noción a una propiedad divina.  En consecuencia, "lo justo" parece no ser fácilmente identificable, y si el criterio de "justicia" es aquél que determina que un fallo no se cumpla, el asunto se torna relativo.

No existe nada más nocivo que una administración de justicia relativizada, y eso es lo que implicaría que el Gobierno desconozca un fallo.  En Colombia, hay funcionarios judiciales que fallan por error, y hay aquellos que cometen arbitrariedades o barbaridades a la hora de decidir conflictos jurídicos sometidos a su consideración.  Sin embargo, en todos estos casos, será la institucionalidad la que determinará si el fallo posee yerros suficientes para que otra instancia determine que resulta inaplicable.  Sin embargo, en un Estado de Derecho, no le es dable a las partes cuestionar el acatamiento del fallo judicial.

Ya en el pasado por estas tierras se le dijo al soberano : "Obedezco pero no cumplo".  Si es esa hoy la actitud de Colombia frente al fallo de la Corte Interamericana de Justicia en el pleito con Nicaragua, no podremos mañana criticar -sin siquiera sonrojarnos- que estamos en un país donde la justicia no existe. 
__________
* Fotografía tomada de la página web www.20minutos.es

No hay comentarios:

Publicar un comentario