Con preocupación se observa, que existen instituciones que ofrecen programas de Derecho de seis semestres, inclusive hay otras instituciones que ofrecen programas a distancia, la pregunta es sencilla, ¿conoce el ICFES que esto está ocurriendo?, parece que si lo conoce y ha emitido los registros de estas carreras, lo cual hace más inquietante la situación, toda vez que es incomprensible por que el Estado no se preocupa por la calidad de la educación del país.
martes, 5 de agosto de 2014
LA EDUCACIÓN EN DERECHO DEBE SER DE CALIDAD Y NO UNA CARRERA POR UN TÍTULO
viernes, 25 de julio de 2014
FALTA DE APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE REPARACIÓN NO PECUNIARIAS
(Imagen tomada de: www.diariomarca.com.mx)
Es lento el
camino a que los jueces entiendan no solo sus facultades como Jueces, sino la
posibilidad que tienen de ordenar en sus fallos, medidas no pecuniarias. Parece un insulto por parte de los abogados que en la demanda se integre un capitulo de peticiones no pecuniarias, es posible que no entienden la importancia social de su cargo, ni se atrevan a ejercer el verdadero alcance de su poder.
Al respecto, es
importante ilustrar en breve, que las medidas de reparación no pecuniarias se enmarcan dentro del concepto de
reparación integral, aplicado en nuestro país a partir de principios normativos
del derecho internacional, incorporados en nuestra normativa en virtud a
tratados y convenios suscritos y ratificados. Mediante ellas se solicita por
ejemplo, que se ordenen medidas de rehabilitación, como el tratamiento médico y
psicológico para víctimas y familiares, medidas de satisfacción, como un acto público
en el que el victimario ofrezca disculpas a las víctimas, medidas de garantía
de no repetición, como oficiar a entes de control y vigilancia para que
adelanten actuaciones administrativas de investigación y generar un acto de
discusión del caso para promover políticas que tiendan a evitar la repetición
del hecho dañoso. Para la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el
propósito de la reparación integral no es otro que el restablecimiento de la situación
anterior a la de la violación.
No obstante a lo
anterior, y en mi opinión personal, los jueces (un 99% de ellos) no escuchan la
principal pretensión de las víctimas, la cual se resume en las frases: “que
esta situación no vuelva a ocurrir”, “que esto no le vuelva pasar a nadie”,
tampoco entienden que son los primeros eslabones para que se garantice la
medida de no repetición, son temerosos al afrontar nuevos riesgos, son
temerosos para aplicar la jurisprudencia, y lo más desmotivante es que parece que no conocieran en qué consisten estas medidas, la falta de estudio y
conocimiento es un constante en nuestros Jueces.
Es lamentable tratar de hacer un cambio, querer enaltecer la labor y querer un reconocimiento que se enmarque en la constante
mejoría de las relaciones humanas, y obtener como respuesta, la resistenciaya que quienes tienen el poder para
generar el cambio se resisten a entender que el dinero no repara el daño de una
víctima, este solo corresponde a un posible castigo para los victimarios, son
los cambios reflejados en las medidas no pecuniarias los que realmente
permitirían a las victimas su reparación.
Las medidas de
reparación no pecuniarias “amplían el estándar de protección, contribuyen que
las víctimas sean visibles y son una expresión de la individualidad e
integralidad de los derechos humanos”[1]
La invitación a
los Jueces no es otra que estudien, entiendan y apliquen el verdadero alcance
del derecho a la reparación integral, su posibilidad no es otra que dignificar
a las víctimas y así generar el goce y garantía efectiva de sus derechos.
[1] Tomado del documento denominado: La declaración de medidas de
reparación no pecuniarias por el Consejo de Estado: avances, vacios e
insuficiencias. Documento escrito por la Dra. Ana Lucia Maya.
Etiquetas:
falta de aplicación,
jueces,
Reparación Integral
miércoles, 23 de julio de 2014
Las barras bravas de la justicia
Finalizó el mundial de 2014, en medio de un hervor de pasiones. Colombia sintió algo que le había sido esquivo por mucho tiempo: autoestima internacional. La creencia de que nuestro equipo pudiera vencer a un histórico como Brasil, la alegría que genera contar con el goleador del certamen (quien anotó el mejor gol del torneo), y el hecho de que se hayan generado mejoras a los miembros del equipo a nivel del fútbol mundial, brinda mucha alegría.
domingo, 13 de julio de 2014
Las cosas hechas "a las patadas"
Hace un par de días me encontraba caminando por el Norte de Bogotá, aprovechando que no me era permitido andar en carro por estar de pico y placa. Pensé que sería una oportunidad más que buena para caminar hasta el lugar de reunión. La ruta implicaba recorrer alrededor de 25 cuadras por vías peatonales correspondientes a vías principales. Estas rutas son la Avenida 15 entre Calle 100 y Calle 116, y la Calle 116 entre Carrera 15 y Avenida 19.
viernes, 27 de junio de 2014
La reforma a la justicia y la organización de los abogados en Colombia
No fue objeto de mayor despliegue en las campañas presidenciales los temas de justicia. El pueblo colombiano se concentró principalmente en la disyuntiva que generaba la incierta permanencia del proceso de paz en La Habana. Hoy, con las elecciones ya decididas por la ciudadanía, tenemos que empezar a revisar lo que ocurrirá de aquí en adelante.
lunes, 23 de junio de 2014
Sobre el derecho y la globalización: a propósito del mundial de fútbol
Hace algunos meses tuve la oportunidad de acompañar a mi amigo, Gonzalo Ramírez Cleves (Doctor en derecho y profesor de la Universidad Externado de Colombia) a servirle de traductor en un programa de radio que hacen en esa universidad, titulado "Derecho a la Carta". En ese programa, el equipo del programa entrevistó al profesor y Rector de la Universidad Nacional de Singapur, Dr. Victor Ramraj. El tema a tratar era primordialmente el de la globalización y el derecho. Para escuchar la interesante entrevista que realizó el equipo de "Derecho a la carta", los invito a revisar el ingreso que elaboró el Profesor Ramírez Cleves en su blog, acerca de la edición 66 de ese programa.
viernes, 30 de mayo de 2014
La extradición y el asilo político: El caso María del Pilar Hurtado
Se ha presentado una reciente novedad en torno del caso de María del Pilar Hurtado. En Panamá, la Corte Suprema de Justicia de ese país ha tomado la decisión de declarar inconstitucional la concesión del asilo territorial que le hubiere sido otorgado a la exdirectora del DAS. Cuando la solicitud de asilo político fue inicialmente concedido a Hurtado, el Gobierno colombiano, en una muestra de desconocimiento acerca de la normatividad internacional que regula el tema, considero que el asilo político podía ser revertido mediante una solicitud de extradición que formulara el Estado colombiano.
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