Alguna vez, en la facultad de jurisprudencia de la Universidad del Rosario conté con un profesor que se vanagloriaba de que Colombia era uno de los países con mayor estabilidad jurídica del continente. De esto hace más de 10 años, tiempo en el cual hemos cambiado de Código de Procedimiento Civil (por el Código General del Proceso), Código de Procedimiento Penal, Código Contencioso Administrativo (por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), Código del Menor (por el Código de la Infancia y de la Adolescencia), y Código de Minas, por sólo mencionar algunos. El Código Penal ha sido reformado incontables veces, lo mismo que la Ley 100 de 1993, tanto en su componente de salud como en el de pensiones.
miércoles, 30 de octubre de 2013
viernes, 25 de octubre de 2013
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS (GMF) O IMPUESTO DEL CUATRO POR MIL, EL SUPUESTO IMPUESTO TRANSITORIO
Imagen tomada
de: www.slideshare.net
El Gravamen a los Movimientos Financieros (en
adelante GMF), más conocido como impuesto del cuatro por mil, es un impuesto de
orden nacional, administrado por la Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales
–DIAN-, aplicado a las transacciones (al valor total de las transacciones
financieras) realizadas por los usuarios del sistema financiero, entre estas:
retiros de todo tipo (ya sea en
efectivo, mediante cheque, por cajeros, mediante talonario, entre otras), así
como giros de cheques de gerencia, traslado de fondos, entre otras
transacciones determinadas en el artículo 871 del Estatuto Tributario.
miércoles, 16 de octubre de 2013
El control jurídico del Estado y los medios de comunicación
Se ha presentado un hecho lamentable el fin de semana que recién termina. Se cayó un edificio en Medellín, y aparentemente las responsabilidades reales por la tragedia concurren en muchas instancias. Desde ese día, el país ha tenido la oportunidad de conocer cuántos casos similares existen, cuáles son los más graves, y de la manos con estos anuncios que ha venido haciendo públicos los medios de comunicación, muchas entidades del Estado han empezado a dar señales de vida respecto de este punto. Personalmente, me alegra que las entidades estatales "se pellizquen" y empiecen a hacer lo que los ciudadanos esperamos de ello.
lunes, 7 de octubre de 2013
RECOLECCIÓN DE PRUEBAS COMO DERECHO DE LOS CONSUMIDORES.
Como bien conocemos Colombia
cuenta con un estatuto del consumidor, reglamentado a través de la Ley 1480 de 2011, que busco modernizarse, ser
acertado en la resolución de conflictos
cotidianos de los consumidores y proteger sus derechos. El Estatuto vigente establece
derechos y procedimientos que pretende satisfacer las necesidades de los
consumidores en forma efectiva, en consecuencia la Superintendencia de
Industria y Comercio como entidad de vigilancia y control encargada de
salvaguardar los derechos de los consumidores,
ha aclarado a través de conceptos su postura en virtud a los derechos de
los mismos, entre ellos, uno que no solo garantiza el cumplimiento de la Ley si
no de la Constitución, este es el derecho a recolectar pruebas en
establecimientos de comercio.
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martes, 1 de octubre de 2013
La protección de los usuarios de los servicios de telefonía móvil celular en Colombia.
Recientemente
la Superintendencia de Industria y Comercio impuso una multa de cerca de 88.000
millones al operador Claro (antes Comcel), por ejecutar actos de abuso de la
posición dominante en el mercado de telefonía móvil celular. Dicha sanción,
además de constituirse, históricamente como las más alta impuesta a un operador
de telefonía celular, es un ejemplo del verdadero ejercicio de la función de
inspección y control realizada por la Superintendencia de Industria y Comercio,
por lo menos en materia de competencia desleal.
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