Mediante el Comunicado de Prensa 996 de 2013, la Procuraduría General de la Nación informó a la opinión pública acerca de la ordena de destitución del Alcalde Mayor de Bogotá D.C. y la condena a una inhabilidad para acceder a cargos públicos por un lapso de 15 años. De inmediato, he podido constatar algo que se sabía desde que el ser humano vive en sociedad: la política genera amores y odios. El derecho, no tanto.
lunes, 9 de diciembre de 2013
jueves, 28 de noviembre de 2013
Cláusulas de afán y problemas a futuro
A pesar de las múltiples advertencias que se hayan hecho al respecto, muchas personas siguen considerando que es preferible hacer las cosas de afán, de manera estandarizada, sin tener en cuenta las implicaciones de aquello que se escribe. Esto se ha visto de manera explícita a nivel de la redacción de contratos. La estandarización de contratos y la posibilidad de acceder a un sinnúmero de minutas a través de internet lleva a que las personas sientan que la elaboración de contratos es un trámite cosmético y suficientemente seguro si se atienen a las minutas que pueden encontrar en línea, o los formatos que se consiguen en las papelerías.
lunes, 25 de noviembre de 2013
SALARIO INTEGRAL
El artículo
127del Código Sustantivo del trabajo, define salario como la forma de contribución
a los servicios prestados por el trabajador. Ahora bien, el salario integral se
refiere a una expresión de la libertad de forma de estipulación del mismo, en
el que por estipulación escrita el trabajador y empleador acuerdan que la retribución
del primero será de mínimo 10 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (en
adelante SMLMV), más un 30% de factor prestacional, es decir que el salario
integral será de 13 SMLMV.
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martes, 12 de noviembre de 2013
Cómo nos falta la "aflicción empática"
En su libro "Desarrollo moral y empatía", el psicólogo Martin Hoffman se detiene a considerar el problema de por qué razón algunas personas se detienen a preocuparse por lo que a otras personas les ocurre, y más aún, por qué razón más allá de sentirse preocupadas por ello, están dispuestas a ayudar a otras personas. A partir de ese problema de carácter psicológico, Hoffman se detiene a considerar de qué manera la aflicción empática (ese concepto psicológico que hace que una persona esté motivada a ayudar a otra), pero que no es propiamente la ayuda en sí misma considerada. Tras un detenido análisis, Hoffman llega a un punto -que será el que he de destacar aquí- en donde concluye que a pesar de que los seres humanos estamos psicológicamente llamados a sentir esta aflicción empática, existen circunstancias tales como el miedo, la consideración de sufrir una pérdida significativa, o cuestiones de tiempo, por los cuales una persona estaría llamada a no ayudar a otra persona, a pesar de sentir que debe hacerlo.
miércoles, 6 de noviembre de 2013
Los actos de corrupción de la rama judicial y ejercicio de la profesión de Abogado
En las últimas
semanas hemos presenciado varios casos, que han salido a la luz pública, en los
que se han visto involucrados funcionarios de la rama judicial en actos de corrupción.
El primero y más sonado fue el del Centro de Servicios Judiciales de Paloquemao,
en el cual fueron capturados 9 funcionarios, entre ellos dos jueces de Control
de Garantías. Más recientemente se conoció un caso que involucraba a una
estudiante de Derecho y a varios funcionarios de los juzgados de Ejecución de Penas
de Bogotá en actos de corrupción.
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miércoles, 30 de octubre de 2013
¿Otra reforma a la justicia? Algunas reflexiones
Alguna vez, en la facultad de jurisprudencia de la Universidad del Rosario conté con un profesor que se vanagloriaba de que Colombia era uno de los países con mayor estabilidad jurídica del continente. De esto hace más de 10 años, tiempo en el cual hemos cambiado de Código de Procedimiento Civil (por el Código General del Proceso), Código de Procedimiento Penal, Código Contencioso Administrativo (por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), Código del Menor (por el Código de la Infancia y de la Adolescencia), y Código de Minas, por sólo mencionar algunos. El Código Penal ha sido reformado incontables veces, lo mismo que la Ley 100 de 1993, tanto en su componente de salud como en el de pensiones.
viernes, 25 de octubre de 2013
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS (GMF) O IMPUESTO DEL CUATRO POR MIL, EL SUPUESTO IMPUESTO TRANSITORIO
Imagen tomada
de: www.slideshare.net
El Gravamen a los Movimientos Financieros (en
adelante GMF), más conocido como impuesto del cuatro por mil, es un impuesto de
orden nacional, administrado por la Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales
–DIAN-, aplicado a las transacciones (al valor total de las transacciones
financieras) realizadas por los usuarios del sistema financiero, entre estas:
retiros de todo tipo (ya sea en
efectivo, mediante cheque, por cajeros, mediante talonario, entre otras), así
como giros de cheques de gerencia, traslado de fondos, entre otras
transacciones determinadas en el artículo 871 del Estatuto Tributario.
miércoles, 16 de octubre de 2013
El control jurídico del Estado y los medios de comunicación
Se ha presentado un hecho lamentable el fin de semana que recién termina. Se cayó un edificio en Medellín, y aparentemente las responsabilidades reales por la tragedia concurren en muchas instancias. Desde ese día, el país ha tenido la oportunidad de conocer cuántos casos similares existen, cuáles son los más graves, y de la manos con estos anuncios que ha venido haciendo públicos los medios de comunicación, muchas entidades del Estado han empezado a dar señales de vida respecto de este punto. Personalmente, me alegra que las entidades estatales "se pellizquen" y empiecen a hacer lo que los ciudadanos esperamos de ello.
lunes, 7 de octubre de 2013
RECOLECCIÓN DE PRUEBAS COMO DERECHO DE LOS CONSUMIDORES.
Como bien conocemos Colombia
cuenta con un estatuto del consumidor, reglamentado a través de la Ley 1480 de 2011, que busco modernizarse, ser
acertado en la resolución de conflictos
cotidianos de los consumidores y proteger sus derechos. El Estatuto vigente establece
derechos y procedimientos que pretende satisfacer las necesidades de los
consumidores en forma efectiva, en consecuencia la Superintendencia de
Industria y Comercio como entidad de vigilancia y control encargada de
salvaguardar los derechos de los consumidores,
ha aclarado a través de conceptos su postura en virtud a los derechos de
los mismos, entre ellos, uno que no solo garantiza el cumplimiento de la Ley si
no de la Constitución, este es el derecho a recolectar pruebas en
establecimientos de comercio.
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martes, 1 de octubre de 2013
La protección de los usuarios de los servicios de telefonía móvil celular en Colombia.
Recientemente
la Superintendencia de Industria y Comercio impuso una multa de cerca de 88.000
millones al operador Claro (antes Comcel), por ejecutar actos de abuso de la
posición dominante en el mercado de telefonía móvil celular. Dicha sanción,
además de constituirse, históricamente como las más alta impuesta a un operador
de telefonía celular, es un ejemplo del verdadero ejercicio de la función de
inspección y control realizada por la Superintendencia de Industria y Comercio,
por lo menos en materia de competencia desleal.
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viernes, 27 de septiembre de 2013
El precio de la gasolina en Colombia
¿Qué tan importante es el precio de la gasolina en una sociedad capitalista? Inmensamente importante. Su impacto: Decisivo. El asunto es de tal importancia que ha sido móvil para declarar guerras, o para negociar una paz no deseada (en otras latitudes). La gasolina es relevante por varias razones: En primer lugar, se trata de aquel elemento que permite la movilidad, y la movilidad es el elemento esencial de cualquier negocio comercial. Trátese de mover información, mover mercancía, mover personas, mover medicinas o mover armas, a partir del siglo XX parece imposible pensar en el concepto de movilidad, si no hemos pensado también en la gasolina. En segundo lugar, la gasolina es lo que le permite a las personas de las sociedades contemporáneas, sentirse individuos diferente de los demás. Esto se da porque la gasolina es el insumo necesario para poder andar en carro. El carro, a su vez, es un elemento que otorga estatus social, y que le permite a la persona la libertad de ir a donde quiera, cuando quiera, sin depender de otros (a excepción, por supuesto, del tráfico citadino).
lunes, 23 de septiembre de 2013
El único accionista y el contrato de trabajo en la S.A.S.
En Concepto No. 133333 del 26 de junio
de 2012 del Ministerio de la Protección
Social y oficio 220-075432 del
19 de junio de 2013 de la Superintendencia de Sociedades, se ha establecido que el accionista único
de una sociedad por acciones simplificada –S.A.S- puede suscribir contrato de
trabajo con esta y ser cotizante dependiente en materia de seguridad social de
la empresa constituida.
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martes, 17 de septiembre de 2013
Los retos jurídicos del nuevo Ministro de Justicia
Muchas reacciones de orden político ha generado la
designación del Dr. Alfonso Gómez Méndez como Ministro de Justicia. Se dice que
su nombramiento implica un acercamiento del Gobierno al Partido Liberal y particularmente
al sector liderado por el expresidente Ernesto Samper. Más allá de las
reacciones políticas que pueda generar este nombramiento, es evidente que existen
varios temas que continúan en espera de ser solucionados por parte de esta
cartera.
viernes, 13 de septiembre de 2013
Recurso de "súplica"
La justicia, en términos generales, no pasa por un buen momento. Si por justicia hemos de entender la Rama Judicial, se viven momentos de crisis que podrían ser atribuibles a que la Rama Ejecutiva dejó de considerar hace mucho tiempo que inyectarle presupuesto a la administración de justicia era importante. Ejemplo de lo anterior es que los grandes que se han venido implementando en los procedimientos no cuentan (por regla general) con estudios diagnósticos serios. El ejemplo más paradigmático es el Sistema Penal Oral Acusatorio (SPOA), sistema que se encuentra colapsado, que clama descongestión, y cuya solución implica dejar de investigar unas cosas por investigar otras.
lunes, 9 de septiembre de 2013
Hacia una responsabilidad patrimonial del Estado por "lo que no importó"
Un importante filósofo denominado Harry Frankfurt, escribió un libro titulado "The importance of what we care about". El libro contiene importantes conceptos que son indispensables para desarrollar el concepto de agencia. La agencia, como problema filosófico busca entender en qué momento se puede decir que la acción desplegada por una persona realmente es una acción "de esa persona" o deseada por esa persona. No es Frankfurt el único que se inmiscuye en este problema. En ese sentido, saber qué es lo que le importa o le preocupa a una persona no es un tema menor. Ese punto, junto con elementos que aprendemos a través de nuestros procesos educativos, determinan cuales son las acciones que emprenderemos.
lunes, 2 de septiembre de 2013
Portabilidad en el sistema de salud
En forma reciente mediante el
Decreto 1683 del 02 de agosto de 2013, el Ministerio de Salud reglamentó la
portabilidad en el sistema de salud de los colombianos, creada mediante el
artículo 22 de la Ley 1438 de 19 de enero de 2011 la cual tiene como fin garantizar a los ciudadanos el acceso al
servicio de salud en cualquier parte del territorio Colombiano.
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martes, 27 de agosto de 2013
Para donde va el referendo
Sorpresivo resultó el anuncio sobre el referendo (al parecer aprobatorio de los acuerdos que se llegaren a alcanzar en las conversaciones de La Habana), realizado por el Presidente Santos en días pasados. Algunos han opinado que se puede tratar de un mecanismo de presión, ejercido por el Gobierno, para buscar la declaratoria de exequibilidad la ley del marco jurídico para la paz que actualmente estudia la Corte Constitucional. Otros han señalado que se puede tratar de un pulso político, dirigido a medir el grado de aceptación que pudiera tener la población civil frente a esta propuesta de referendo. Sobre todo, es importante por la coyuntura de las conversaciones de Gobierna y FARC en La Habana.
lunes, 26 de agosto de 2013
Implicaciones de decir que el "paro" no es "paro"
Sorpresa, indignación, y en algunos casos risa ha generado la declaración del Presidente Santos según la cual "el tal paro nacional agrario no existe". No es este el espacio para entrar a problematizar desde el punto de vista político esa afirmación. Quizá lo que quiso decir el Presidente es que el paro no era de carácter nacional, sino tan solo regional, o de pronto quiso decir que había focos del paro y no un gran paro homogéneo a lo largo y ancho del país. Sin embargo, no fue eso lo que dijo. Lo que mencionó Santos es que el paro nacional no existe.
viernes, 23 de agosto de 2013
Las implicaciones de desacatar el fallo de La Haya
En derecho, es reconocida la distinción entre los criterios de justicia, validez y eficacia de las normas jurídicas. Para que pueda entenderse que una norma jurídica es realmente "derecho", los teóricos plantean la necesidad de reunir una norma que reúna las tres características recién mencionadas. Muchos otros han estructurado teorías que prescinden de esa coincidencia, en algunos casos restringiendo lo jurídico únicamente a aquello que es válidamente emitido por la autoridad competente para proferir la norma. A partir de este tipo de posturas, se han estructurado defensas a normas como las antisemitas que eran propias de la Alemania Nazi. Sin ir demasiado lejos, encontramos normas así en Colombia, como aquellas que legitimaban a finales del siglo XIX la aplicación de la pena de muerte en Colombia recién se instaurara el régimen de la Regeneración.
viernes, 16 de agosto de 2013
Sabremos la verdad sobre el carrusel de contratos?
En días pasados un Juez Penal de Bogotá validó el preacuerdo celebrado entre la Fiscalía y el exconcejal Hipolito Moreno, por hechos que lo involucran en el carrusel de contratos en el Distrito. Se anunció para los próximos días la imposición de la condena respectiva. Pese a lo anterior, y más allá de las investigaciones que han sido reveladas por distintos medios de comunicación, poco han dado a conocer las autoridades judiciales y de control sobre la conclusión de sus investigaciones en este asunto.
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miércoles, 14 de agosto de 2013
Los Tribunales de Ética Médica: ¿Entes de control ético?
Bien
sabido es que la negligencia de los profesionales en cualquier área, especialmente
la médica, puede conllevarles
consecuencias jurídicas, ya sea penal, civil y/o ética. En esta oportunidad me adentraré a determinar
la verdadera funcionalidad así como el objeto de la creación de los Tribunales
de Ética Médica. He de entender por funcionalidad
la practicidad y la utilidad que estas entidades deberían brindar a los
usuarios del sistema de salud colombiano.
lunes, 12 de agosto de 2013
Canal de Youtube de Apoyo Jurídico
Simultáneamente con la apertura de este espacio, hemos considerado oportuno generar un espacio adicional en el cual podamos generar un espacio de discusión entre los miembros permanentes de la oficina, Jeimi Mahecha, Óscar Amaya y Javier Pabón. Adicionalmente, el espacio busca permitirle a los usuarios del canal, poder informarse de temas actuales o jurídicamente importantes, por medios diferentes a los tradicionales.
Semanalmente estaremos subiendo un video para compartir con el público. La semana inmediatamente anterior, se trató de una entrevista que realizamos al Dr. Iván Sinesio Gómez, médico y abogado, quien nos dio sus luces acerca de la reforma a la salud que ha venido impulsando el Gobierno Santos. De manera crítica, expuso los elementos esenciales de la reforma, y adicionalmente nos aportó su muy personal postura respecto de aquella. Antes de la entrevista, Óscar Amaya yo discutimos acerca de la defraudación en materia de seguros, tocando tanto la óptica en la que la compañía aseguradora es la afectada por el engaño o el ardid de terceros, como aquellos casos en los que el tomador o asegurado es quien siente que la compañía lo ha engañado a él y busca eludir pagos.
Siguiendo la línea de lo que buscamos con este canal de comunicación adicional, esta semana estaremos presentándoles una entrevista realizada al profesor Gonzalo Ramírez Cleves, quien además de poseer experiencia directa en la administración de justicia (fue Magistrado Auxiliar del Dr. Juan Carlos Henao en la Corte Constitucional), ha sido profesor de filosofía del derecho, teoría del derecho y se ha interesado especialmente en temas de globalización del derecho, y derechos humanos.
Los invitamos a que nos acompañen en el canal de Youtube de Apoyo Jurídico, y más aún, a que propongan temas de discusión para tratar en nuestras entregas semanales. Estaremos atentos por sus comentarios y esperamos que este nuevo producto sea de su entero agrado.
____________________
* Imagen de Youtube tomada de la página web www.hosterblog.com
jueves, 8 de agosto de 2013
Algunas cuestiones problemáticas en la aplicación de la ley de habeas data.
Con la expedición de la ley estatutaria 1581 de 2012, más conocida como la Ley de Habeas Data, se consolidó en el país el régimen de protección de datos personales, aplicable a todas las entidades públicas o privadas que manejen bases de datos que contengan este tipo de información. Si bien la ley 1266 de 2008 ya había desarrollado parte de los derechos del llamado habeas data financiero, se puede considerar que la Ley 1581 constituye el marco general para la protección de datos personales, sin que hubiese sido derogada la ley 1266 de 2008. Con ello se crea una coexistencia especial de regímenes, según lo sostuvo la sentencia C-748 de 2011 de la Corte Constitucional en el estudio previo de constitucionalidad.
lunes, 5 de agosto de 2013
Responsabilidad por el deficiente servicio al cliente
No ha de ser una sorpresa para los lectores, que en muchas ocasiones el cliente que ha adquirido un bien o un servicio, es condescendiente con quien le ha suministrado un bien o servicio defectuoso, siempre que sienta que el "servicio al cliente" ha servido de algo. El concepto de servicio al cliente se ha venido tergiversando en el tiempo, para hacerlo ver como si se tratase de un servicio especial o adicional que suministra el vendedor o proveedor, como una bonificación especial.
jueves, 1 de agosto de 2013
Los medios de comunicación Vs la administración de justicia.
En esta oportunidad hemos querido expresar algunas consideraciones sobre la forma en que los medios de comunicación vienen presentando las actuaciones y las decisiones de los funcionarios judiciales que conocen algunos de los casos más sonados en la prensa, radio y televisión. En los últimos días se ha presentado en los medios la situación de un joven de 23 años que conduciendo en estado de ebriedad chocó a otro vehículo y causó la muerte de dos jóvenes y serias lesiones al conductor del vehículo que chocara.
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lunes, 29 de julio de 2013
Se acerca un nuevo Ministerio: ¿Ministerio de la Seguridad Ciudadana?
Sorprende la manera como hace algunos días nos enteramos en Colombia, que existe un interés del Presidente de la República de presentar un proyecto de ley destinado a la creación de un nuevo ministerio: Ministerio de Seguridad Ciudadana, como probablemente quedaría bautizado. La idea ha tomado por sorpresa a muchos, y conviene preguntarse cuáles son las implicaciones políticas y jurídicas de esa decisión.
martes, 23 de julio de 2013
Conductores ebrios al volante, cual es la solución?
Mucho se discute sobre la supuesta "necesidad" de castigar con prisión a quienes conducen automóviles ebrios y causan accidentes, a veces fatales como los que han sucedido en las últimas semanas. Nuevamente y por cuarta o quinta vez- se tramitan proyectos de ley al respecto en el Congreso. El punto de discusión pasa por lo que parece ser un ineficiente modelo de regulación administrativa y preventiva de este tipo de conductas, para llegar a proponerse medidas penales tales como la tipificación por sí misma de la conducta de conducir ebrio, o de la represión de los casos de lesiones u homicidio no por vía culposa sino a título de dolo eventual. Ésta última, de hecho, ha llegado a ser imputada en algunos casos por el ente acusador, y tal postura defendida por algunos tratadistas.
Es evidente que para algunos la sanción penal pareciera erigirse como el mecanismo idóneo para prevenir estas conductas. Sin embargo, valdría la pena detenerse un poco a pensar, antes de asignarle al derecho penal exclusivamente la labor preventiva de este fenómeno “delictivo”, pues a simple vista se puede advertir en estos casos que la función preventiva de la norma penal debería pasar a un segundo plano, en tanto que los controles administrativos y de policía deberían ser la primera fase de prevención y represión de estas conductas. Esto último, dado que resulta inadecuado asignarle al Derecho Penal la función que el Estado en conjunto -con los demás actores de este mercado- deberían de adelantar, en procura de mitigar el impacto de estos casos.
Será necesario entender, entonces, que particularmente este fenómeno requiere de una política de prevención estatal que vaya más allá de las exitosas iniciativas privadas (consultor elegido o salvavidas de las aseguradoras) que han mostrado resultados positivos en lo que tiene que ver con la reducción del porcentaje de estos casos. No es descabellado pensar en hacer más exigente el trámite obtención de licencias de transito, o en involucrar a los comercializadores de vehículos en el desarrollo de campañas preventivas, o incluso pensar en el fortalecimiento de la policía de tránsito o en la implementación permanente de retenes de control de alcoholemia. Todas ellas podrían ser algunas medidas útiles para tratar de reducir los porcentajes de ocurrencia de estos desafortunados casos.
En conclusión, creemos que resulta equivocado pensar que las sanciones penales son la solución exclusiva a estos casos. Habrá que pedirles a todos los actores que interactúan en esta problemática, especialmente a los legisladores y a quienes impulsan los proyectos de ley, que realicen un estudio serio de la situación y promuevan las reformas que verdaderamente resulten necesarias y en las materias que verdaderamente sean de competencia para darle un tratamiento que resulte adecuado con el fenómeno sin querer dejarle al derecho penal la tarea exclusiva de prevención de este tipo de conductas.
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viernes, 19 de julio de 2013
¿Por qué la mala fama de los abogados?
No es extraño que la ciudadanía tenga poca fe en los abogados; en algunos casos, esa fe es nula o inexistente. No es extraño tampoco que al acudir una persona ante una oficina de abogados, manifieste la pésima experiencia que ha tenido con los profesionales del derecho que anteriormente los han asesorado. Quizá estamos demasiado acostumbrados a este tipo de reacciones, cada vez más cotidianas en nuestro devenir diario.
¿Por qué, entonces la mala fama de los abogados? Facultades de derecho, de ciencias jurídicas o de jurisprudencia existen por montones en el país. ¿Acaso los jóvenes están interesados en estudiar una carrera aparentemente deslegitimada, o es otro el incentivo para estudiar esta carrera? El conocimiento de la ley se presta para realizar una importante cantidad de gestiones que quizá otras personas no sepan o no puedan hacer por sí mismos. Esto le brinda a los abogados un especial poder de gestionar los derechos de terceros, y en muchas ocasiones, de gestionar sus finanzas.
Recientes escándalos sobre la gestión de abogados permiten cuestionar hasta donde llega la responsabilidad de los abogados por su gestión. La facultad de derecho le enseña a sus estudiantes que, por regla general, la responsabilidad de los abogados es una responsabilidad de medio y no de resultado; es decir, el abogado responde por una utilización adecuada de medios para lograr una finalidad trazada en la gestión de los intereses de su cliente. Sin embargo, esto es simplemente una regla general, que viene dada de una época en la que los abogados preponderantemente actuaban en escenarios judiciales, y no en proyectos de consultoría, o de asesoría externa de otra índole.
Bajo ese entendido, es importante que las personas conozcan de antemano cuáles son las reglas de juego en su relación con el abogado, y de paso, que sean conscientes del alcance de la responsabilidad de los abogados con ellos. Muchas de las manifestaciones sobre "abogados malos" no son válidas miradas desde la perspectiva de las reglas del ejercicio de la profesión. Tampoco puede catalogarse de "buen abogado" a aquél que logra conseguir un objetivo, incluso acudiendo a mecanismos como el tráfico de influencias o el cohecho de funcionarios. Ese no es un buen abogado, sin dudarlo. Por lo tanto, existe tanto la buena fama inmerecida, como la mala fama inmerecida. Eso obedece a que la persona no es conocedora de qué deberes tiene el abogado con su cliente.
En muchas disciplinas, se ha avanzado colectivamente a solucionar este tipo de vacíos. Es así como en la prestación de servicios de salud, sea cada vez más claro en donde hay y no hay responsabilidad de los profesionales de estas disciplinas. En el caso de la disciplina jurídica, siguen existiendo vastas lagunas de duda y de ignorancia acerca de estos aspectos. En consecuencia, corresponde a los profesionales del derecho serios, advertir a sus clientes antes de iniciar cualquier gestión, los riesgos que hay inherente al encargo que se acepta, el alcance de sus propias obligaciones, y resolver cualquier inquietud que exista al respecto. En Apoyo Jurídico cumplimos con esta práctica en cada uno de nuestros encargos. Para aquellos que no forman parte de nuestra red de clientes, es un deber consigo mismos, exigir que sus abogados cumplan con este deber de información. Únicamente así, podrán saber si realmente el abogado, en el cumplimiento de su encargo, ha sido realmente bueno o realmente malo.
martes, 16 de julio de 2013
Por una mejor forma de representación en derecho
En Colombia, y particularmente en Bogotá, existe una tendencia de encontrar oficinas de abogados supremamente grandes, enfocados en las grandes corporaciones, o la oficina pequeña de abogados independientes enfocados en los negocios de personas en particular. Esta polarización de la representación jurídica, lleva a que en ocasiones el particular o el pequeño negocio esté obligado a pensar en estos mismos términos. De hecho, existe una tendencia algo generalizada en algunos escenarios de considerar a los abogados de firmas grandes como "juristas", y los abogados de pequeñas firmas como "tinterillos".
Apoyo Jurídico surge como una forma diferente de concebir la gestión de intereses jurídicos de los clientes de la oficina. Creemos fielmente que la forma de estructurar el negocios constituye una solución para todos aquellas personas naturales o negocios que están cansados de pensar que el tamaño de la firma es lo relevante, o por el contrario, que sólo es posible confiar en el pequeño abogado recomendado de la familia. Concebimos nuestro trabajo como una manera de poder ofrecer servicios de calidad que ayuden a los clientes en una doble vía.
Además del portafolio de servicios, que está disponible para consulta en nuestra página web www.apoyojuridico.co, consideramos que este espacio es relevante para poder intercambiar opiniones con nuestros clientes, con otros colegas, y con usuarios en general que tenga opiniones respecto de los puntos que se han de tratar en esta página. Para ello, hemos previsto estar subiendo contenido periódico, que puede ser informativo, o de opinión, e incluso ayudar a solucionar preguntas frecuentes que recibamos, para efectos de continuar brindando nuestro apoyo a otro nivel.
En próximas entradas estaremos aclarando el alcances de nuestros servicios, y presentaremos temas especialmente problemáticos en el día a día de las personas, junto con nuestra opinión jurídica. Los invitamos a que nos escriban a nuestro correo contacto@apoyojuridico.co con sus sugerencia e inquietudes. Sean ustedes bienvenidos a este espacio.
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